
Santo Domingo. –Marcia Romero, encargada del Departamento de Litigio Judicial de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), subrayó la importancia de cumplir con el plazo establecido para la presentación de la declaración jurada de impuesto sucesoral ante la administración tributaria.
En una entrevista exclusiva para el programa «DGII 360» de El Nuevo Diario TV, Romero explicó que el impuesto sucesoral se aplica a los bienes heredados por los sucesores y debe presentarse dentro de los 90 días posteriores al fallecimiento del titular. Además, destacó que existe la posibilidad de solicitar una prórroga de acuerdo con la ley.
Según las declaraciones de Romero, los activos que componen la masa sucesoral incluyen todos los bienes muebles e inmuebles ubicados en territorio de la República Dominicana. El impuesto sucesoral es del 3%, con algunas deducciones permitidas según la normativa vigente.
La experta también recomendó que los sucesores se presenten ante la administración tributaria con una solicitud de prórroga, la cual no requiere ser redactada por un abogado o contador, sino que puede ser una carta sencilla. Subrayó la importancia de cumplir con esta obligación tributaria incluso en momentos difíciles, como el fallecimiento de un familiar.
En otra línea de ideas, Romero explicó el concepto de bien de familia como una figura legal destinada a proteger un inmueble específico dentro del patrimonio familiar. Según la ley, cada familia puede constituir un bien de familia para protegerlo de embargos.
«Es importante entender que el bien de familia está diseñado para asegurar el patrimonio inmobiliario en beneficio de los hijos o cónyuges», señaló Romero, enfatizando la protección legal que brinda esta figura.


